08/01/2017
La historia de una provincia se escribe no solo a través de sus batallas y su gente, sino también a través de sus leyes fundamentales. Para la provincia de Catamarca, su viaje hacia la consolidación institucional comenzó a principios del siglo XIX, en un período de efervescencia y construcción nacional. La sanción de su primera carta magna fue un hito que marcó su soberanía y definió el rumbo de su organización política. Este artículo explora en profundidad no solo cuál fue la primera constitución catamarqueña, sino también su evolución a lo largo del tiempo, reflejando los cambios y desafíos de cada época.

- El Grito de Autonomía: El Reglamento Constitucional de 1823
- La Era de la Organización Nacional: La Constitución de 1855
- Hacia la Modernidad: Reformas y Avances Institucionales
- Tabla Comparativa de las Constituciones Catamarqueñas
- Preguntas Frecuentes (FAQ)
- ¿Cuál fue exactamente la primera constitución de Catamarca?
- ¿Quién fue el principal impulsor de esta primera constitución?
- ¿Por qué se tuvo que cambiar la constitución en 1855?
- ¿Qué significa que el sistema legislativo pasó a ser bicameral?
- ¿La constitución actual de Catamarca es la misma que la de esa época?
El Grito de Autonomía: El Reglamento Constitucional de 1823
Tras declarar su autonomía provincial en 1821, Catamarca necesitaba un marco legal que la definiera como un estado soberano. La iniciativa llegó de la mano de su segundo gobernador, Don Eusebio Gregorio Ruzo, quien asumió el cargo el 23 de marzo de 1822. Comprendiendo la urgencia de dotar a la nueva provincia de una estructura jurídica y política, Ruzo convocó a una asamblea constituyente y legislativa. Esta asamblea estuvo compuesta por figuras notables de la época, una élite intelectual y política que incluía al presbítero Manuel Antonio Acevedo, al presbítero Juan Antonio Neirot, a Pedro José Segura y a Ramón Gil Navarro, entre otros.
El fruto de su trabajo fue el Reglamento Constitucional para la nueva provincia de Catamarca, sancionado el 11 de julio de 1823 y solemnemente jurado cuatro días más tarde. Aunque su nombre era "Reglamento", en la práctica funcionó como la primera y genuina constitución provincial. Este documento fue la piedra angular del ordenamiento jurídico catamarqueño durante más de tres décadas, manteniendo su vigencia hasta el año 1855, un testimonio de notable estabilidad en una era de constantes convulsiones políticas en el territorio argentino.
La Era de la Organización Nacional: La Constitución de 1855
El panorama político argentino cambió drásticamente con la sanción de la Constitución Argentina de 1853. Este nuevo pacto federal instaba a todas las provincias a dictar sus propias constituciones, pero asegurándose de que estuvieran en sintonía con los principios, declaraciones y garantías de la carta magna nacional. Catamarca no fue la excepción.
Bajo el gobierno de Sinforeano Lascano, quien asumió el 25 de mayo de 1854, se convocó a una nueva Convención Constituyente. Esta convención contó con una de las figuras más ilustres de la historia catamarqueña y argentina: Fray Mamerto Esquiú. Su célebre "Sermón de la Constitución" había sido fundamental para lograr la aceptación de la Constitución Nacional, y su participación en la convención provincial aportó un peso intelectual y moral incalculable.
La nueva constitución fue sancionada el 8 de mayo de 1855. Tras ser revisada y aprobada por el Congreso Nacional, fue promulgada el 20 de noviembre y jurada con gran solemnidad el 8 de diciembre de ese mismo año. Este nuevo texto introdujo cambios institucionales significativos, inspirados en los principios liberales de la época:
- Duración del mandato del gobernador: Se fijó en tres años, buscando una renovación periódica del poder.
- Independencia de poderes: Se estableció una clara separación entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo, un pilar fundamental del sistema republicano.
- Supresión de la reelección: Se prohibió la reelección inmediata del gobernador, una medida clave para evitar la perpetuación en el poder y el surgimiento de caudillismos.
Hacia la Modernidad: Reformas y Avances Institucionales
El marco constitucional de Catamarca continuó evolucionando para adaptarse a las nuevas realidades políticas y sociales del país.
La Reforma de 1882: La llegada del Sistema Bicameral
Durante el gobierno de Joaquín Acuña (1882-1885), la provincia dio un paso crucial en la modernización de su Poder Legislativo. Se promulgó la tercera constitución provincial, cuya innovación más destacada fue la incorporación del sistema bicameral. Esto significó la creación de dos cámaras legislativas: una de Diputados, que representa al pueblo de la provincia en su conjunto, y una de Senadores, que representa a los distintos departamentos. Este sistema, inspirado en el modelo nacional, buscaba un mayor equilibrio y control en el proceso de sanción de leyes.
Finales del Siglo XIX: Progreso y una Nueva Reforma
El gobierno de Julio Herrera también fue un período de importantes avances. Junto a mejoras materiales como la creación de la biblioteca popular y el establecimiento del alumbrado público, se impulsó una nueva reforma constitucional. Este texto, sancionado durante su mandato, tendría una larga vida, rigiendo los destinos de la provincia hasta el año 1949, consolidando la estructura institucional de Catamarca para la primera mitad del siglo XX.
Tabla Comparativa de las Constituciones Catamarqueñas
Para visualizar mejor la evolución, la siguiente tabla resume las características principales de las primeras cartas magnas de la provincia.
| Característica | Reglamento de 1823 | Constitución de 1855 | Reforma de 1882 |
|---|---|---|---|
| Vigencia | 1823 - 1855 | 1855 - 1882 | Desde 1882 (con reformas) |
| Contexto Clave | Autonomía Provincial | Organización Nacional (Const. 1853) | Consolidación del Estado Moderno |
| Mandato del Gobernador | No especificado claramente en el texto original | 3 años, sin reelección inmediata | Se mantiene el espíritu de la anterior |
| Poder Legislativo | Asamblea legislativa (Unicameral) | Se mantiene sistema unicameral | Sistema Bicameral (Diputados y Senadores) |
| Figura Destacada | Gobernador Eusebio G. Ruzo | Fray Mamerto Esquiú | Gobernador Joaquín Acuña |
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Cuál fue exactamente la primera constitución de Catamarca?
La primera constitución fue el "Reglamento Constitucional para la nueva provincia de Catamarca", sancionado el 11 de julio de 1823.
¿Quién fue el principal impulsor de esta primera constitución?
Fue impulsada por el segundo gobernador de la provincia, Eusebio Gregorio Ruzo, como una necesidad para organizar el nuevo estado provincial autónomo.
¿Por qué se tuvo que cambiar la constitución en 1855?
El cambio fue una consecuencia directa de la sanción de la Constitución Nacional Argentina de 1853, que exigía a todas las provincias alinear sus propias constituciones con los principios y la estructura del nuevo estado federal.
¿Qué significa que el sistema legislativo pasó a ser bicameral?
Significa que el Poder Legislativo se dividió en dos cámaras: una Cámara de Diputados y una Cámara de Senadores. Este sistema permite un proceso de deliberación y sanción de leyes más robusto y con diferentes tipos de representación.
¿La constitución actual de Catamarca es la misma que la de esa época?
No. La constitución provincial ha tenido varias reformas a lo largo de su historia para adaptarse a los tiempos. La versión actualmente en vigencia fue sancionada el 3 de septiembre de 1988.
Si quieres conocer otros artículos parecidos a Historia Constitucional de Catamarca: Un Legado puedes visitar la categoría Ecología.
